Linea de colores Colgate Total 12

#SonríeconTotal12

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BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
“SONRÍE CON TOTAL 12”

En Santiago, a los 15 de diciembre de 2023, Colgate-Palmolive Chile S.A., con domicilio en Av. Los Jardines 972, Oficina 62, Ciudad Empresarial, Huechuraba, Región Metropolitana, Chile (RUT N° 85.844.100-5) (el "Organizador"), otorga las siguientes bases de la promoción “Sonríe con Total 12” (las “Bases”), por la cual se sortearán premios a quienes participen conforme a los términos y condiciones que se detallarán a continuación (la “Promoción”).

 

1. Participantes: Podrán participar en la Promoción aquellas personas físicas, con residencia en Chile y mayores de edad, lo cual se acreditará con la cédula de identidad chilena vigente, que cumplan durante la vigencia de la Promoción con las condiciones referidas en las presentes Bases. Al participar, las personas aceptan que el Organizador pueda usar su nombre y apellido, o seudónimo según su cuenta de instagram, con fines publicitarios en los medios y formas que el Organizador disponga, hasta noventa (90) días después de la fecha de finalizado el plazo de vigencia de la Promoción.
Se encuentran inhabilitados para participar los ejecutivos, empleados, contratistas o subcontratistas del Organizador, las personas relacionadas con éstos conforme la definición establecida en el artículo 100 de la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores, y sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.

2. Vigencia: La Promoción tendrá vigencia desde las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2024 hasta las 23:59 horas del 31 de marzo de 2024, ambas fechas inclusive y conforme al huso horario de Chile Continental (el "Plazo de Vigencia"). Este plazo será fatal, y en consecuencia, con posterioridad al 31 de marzo de 2024 no se admitirán más participaciones en la Promoción, aun cuando se haya continuado exhibiendo material publicitario de la Promoción en algún medio de comunicación y/o redes sociales con posterioridad a la expiración del Plazo de Vigencia.

3. Forma de Participación: Para participar en la Promoción, con la compra de cualquiera de los productos del portafolio de Colgate (los “Productos Participantes”), los participantes deberán cargar el código de cualquiera de los productos y sus datos personales (nombre, apellido y mail) y el código EAN a través de www.sonriecontotal12.cl (la “Página Web”). Habiendo cumplido con los requisitos detallados, el interesado se constituirá como participante de la Promoción (el/los “Participantes”).

4. Sorteo: El sorteo del Gran Premio se realizará el día 9 de abril de 2024.
Todos los sorteos se realizarán a través de la página web www.sonriecontotal12.cl y se incluirá a todos los Participantes que hubieran participado durante el Plazo de Vigencia seleccionando, al azar y mediante un sistema aleatorio, operado por la agencia de publicidad designada por el Organizador, (i) para el Gran Premio (detallado en la Cláusula 6) 1 (un) potencial ganador titular (el “Potencial Ganador Titular”) y 1 un potencial ganador suplente (el “Potencial Ganador Suplente”), el cual reemplazará, siguiendo el orden en el que fueron sorteados, al Potencial Ganador Titular que habiendo sido contactado no hubiera cumplido los requisitos establecidos en estas Bases o no hubieran podido ser contactados.

5. Descalificación: El Organizador está autorizado para revisar, comprobar y verificar la concurrencia de los requisitos para participar en la Promoción, por todos los medios que estimen pertinentes. A este respecto, el Participante que resulte ganador del Premio, deberá proporcionar toda la información que le sea requerida, en forma veraz y oportuna. Cualquier práctica fraudulenta por parte de los Participantes que el Organizador detecte, dará el derecho a descalificar al Participante. Se descalificará a cualquier ganador que no cuenten con mayoría de edad (18 años).
La manipulación, alteración, interferencia y en general la intervención de los sistemas informáticos y medios de transmisión del Organizador con el ánimo de afectar de cualquier forma el normal desarrollo de la Promoción o de las funciones propias del Organizador, resultará en la exclusión automática e inmediata de las personas que incurran o participen en dichos actos, sin perjuicio de su responsabilidad penal conforme a la Ley 19.223.

Premios

Gran Premio: (i) Se entregarán 2 (dos) pasajes aéreos individuales desde Santiago de Chile hasta Miami (los “Pasajes Aéreos”), cuyo sorteo se realizará el día 09  de Abril del 2024 a través de la página web www.sortea2.com, y seleccionando, al azar y mediante un sistema aleatorio, operado por la agencia de publicidad designada por el Organizador, a 1 (un) potencial ganador titular (el “Potencial Ganador Titular de los Pasajes Aéreos”, y a 1 (un) potencial ganador suplente (el “Potencial Ganador Suplente de los Pasajes Aéreos”,), el cual reemplazará, siguiendo el orden en el que fue sorteado, al Potencial Ganador Titular de los Pasajes Aéreos que habiendo sido contactado no hubiera cumplido los requisitos establecidos en estas Bases o no hubiera podido ser contactado.

  • A. Los mismos podrán ser utilizados desde el [  15  ] de [ Abril ] del [ 2024 ] hasta el [ 30 ] de [ Agosto ] del [ 2024 ], sin posibilidad de cambios y/o modificaciones. En caso que el ganador no pueda hacer uso del premio en las fechas estipuladas, podrá acordar con la agencia de viajes asignada por el Organizador una nueva fecha, teniendo que absorber bajo su costos los montos adicionales/extras que surgieran de cualquier tipo de reprogramación.
  • B. El ganador del sorteo será una única persona, que podrá utilizar los pasajes junto con 1 (una) persona que él/ella mismo/a elija.
  • C. Los pasajes aéreos serán válidos sólo para el ganador seleccionado de conformidad a lo dispuesto en estas Bases, no extendiéndose el beneficio a otros. En consecuencia, sólo el ganador y su acompañante podrán viajar con el pasaje emitido con cargo al Premio.
  • D. Únicamente las tasas e impuestos asociados a los pasajes aéreos de este tramo (desde Santiago de Chile hasta Miami) estarán a cargo del Organizador.
  • E. Incluye equipaje de cabina. No incluye adicionales o servicios opcionales de ningún tipo. 
  • F. Entro otros, el premio no incluye:
    • Excursiones;
    • Servicios de comida o bebidas a bordo del avión;
    • Movilización de ningún tipo.
  • G. El Premio se enviará al mail que el Ganador indique (en la forma señalada en el punto 6) a través de una empresa de envíos y el costo del envío estará a cargo del Organizador.

y (ii) Se entregarán 2 (dos) pasajes cruceros individuales desde Miami con destino según disponibilidad en las fechas seleccionadas (Bahamas, Jamaica, Haití, México, República Dominicana), (“Crucero”).

  • A. Los mismos podrán ser utilizados dentro de 3 alternativas de fechas propuestas por la organización, según disponibilidad y stock de empresa de cruceros. Dichas fechas podrán ser desde el [  15  ] de [ Abril ] del [ 2024 ] hasta el [ 30 ] de [ Agosto ] del [ 2024 ], sin posibilidad de cambios y/o modificaciones. En caso que el ganador no pueda hacer uso del premio en las fechas estipuladas, podrá acordar con la agencia de viajes asignada por el Organizador una nueva fecha, teniendo que absorber bajo su costos los montos adicionales/extras que surgieran de cualquier tipo de reprogramación.
  • B. El ganador Titular del sorteo podrá utilizar los pasajes cruceros junto con 1 (una) persona que él/ella mismo/a elija, ya individualizado en el premio anterior (Pasajes Aéreos). 
  • C. Los pasajes cruceros serán válidos sólo para el ganador seleccionado de conformidad a lo dispuesto en estas Bases, no extendiéndose el beneficio a otros. En consecuencia, sólo el ganador y su acompañante podrán viajar con el pasaje emitido con cargo al Premio.
  • D. Incluye equipaje de cabina. 
  • E. Los pasajes crucero incluye:
    • a. Habitación estándar (camarote)
    • b. Pensión Completa 
  • F. Entre otros, el premio no incluye:
    • Acceso a restaurantes 
    • Paquetes de bebidas alcohólicas
    • Excursiones
  • G. El Premio se enviará al mail que el Ganador indique (en la forma señalada en el punto 6) a través de una empresa de envíos y el costo del envío estará a cargo del Organizador.

Premios Mensuales: 2 (dos) premios de $2.500.000 por cada mes dentro del Plazo de Vigencia (en adelante “Premios Mensuales”). 

6. Notificación al Ganador y entrega de los Premios: El Organizador o la agencia de publicidad que administre la Promoción (la “Agencia”), notificará a los Potenciales Ganadores Titulares por medio de un mensaje de correo electrónico enviado desde Sonriecontotal12@kpiproducciones.cl a la dirección de e-mail provista por ellos en el formulario del anuncio publicitario.
Los Potenciales Ganadores Titulares tendrán un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para contactar al Organizador a través de un mensaje de correo electrónico aceptando el Premio y señalando la dirección física a la cual el Premio deberá ser enviado.
Se entenderá que el Potencial Ganador Titular ha renunciado irrevocablemente a su Premio cuando notifique, dentro del plazo asignado al efecto, que renuncia al Premio, o cuando no contacte al Organizador aceptando el Premio en la forma y en el plazo que se señala en el párrafo precedente. En estos casos el Premio pasará al primer Potencial Ganador Suplente según el orden en que los Potenciales Ganadores Suplentes hayan sido seleccionados por el sorteo, quien deberá cumplir con todos los requisitos para conseguir la adjudicación, inclusive los mencionados en esta cláusula. En caso de que ninguno de los Potenciales Ganadores Suplentes cumpla con los requisitos, el Premio quedará vacante y el Organizador podrá disponer de éste libremente.

7. Autorizaciones:
A. Los Participantes entienden y aceptan que, por el hecho de participar en la Promoción, autorizan al Organizador para que, en caso de resultar Ganador, puedan utilizar su nombre de usuario en relación a la Promoción en los sitios web que éstos determinen, incluyendo, pero sin limitarse a las redes sociales y medios de comunicación en general.
B. Conforme a la Ley 19.628, los Participantes además consienten expresamente en que el Organizador pueda hacer uso y tratamiento de sus datos personales solicitados para los efectos de participar en la Promoción. Dicho uso y tratamiento se hará exclusivamente con el fin de publicar y dar a conocer los resultados de la Promoción, para promocionar al Ganador, y para poder poner en conocimiento de los Participantes sus productos, así como futuros concursos, sorteos y promociones.

8. Responsabilidad: La responsabilidad del Organizador por los Premios, se extiende únicamente hasta la entrega de éstos, de manera que no tendrá responsabilidad alguna por la calidad o defectos identificados en los Premios que se constaten con fecha posterior a dicha entrega. El Organizador no será responsable por daños o perjuicios que pudiere sufrir el Ganador o los terceros con motivo y/u ocasión de la participación en la Promoción y/o del uso de los Premios, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al Ganador y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante y ha sido determinante para el Organizador al momento de organizar esta Promoción.
El Organizador se reserva el derecho para ejercer las acciones legales que estime pertinentes, sean civiles, penales, infracciones, administrativas o de cualquiera otra índole, en contra del Ganador o de quien resulte responsable por dar al Premio un uso y destino diverso al perseguido en estas Bases.

9. Conocimiento de las Bases: La participación en esta Promoción implica el total conocimiento y aceptación por parte del consumidor o participantes de las Bases y sus eventuales modificaciones. Asimismo, mediante la participación, el Participante acepta recibir contactos posteriores por parte del Organizador mediante los canales email, redes sociales o teléfono, con fines promocionales de toda índole o para notificaciones respecto de su participación, pudiendo de suscribirse de estas comunicaciones en cualquier momento a través de los canales dispuestos para ello por el Organizador.

10. Impuestos y gastos relacionados con la obtención o cobro de los Premios: Los impuestos que puedan afectar a los Premios entregado en virtud de esta Promoción, cualquiera sea su naturaleza, serán de cargo exclusivo del Ganador, así como cualquier gasto en el que deba incurrir el Ganador para recibir y/o hacer efectivo su Premio.

11. Restricciones: Los Premios a entregar consisten exclusivamente en los elementos señalados en el presente documento, no siendo posible el cambio de éstos por otras especies.
En caso que por motivos de fuerza mayor no imputables al Organizador no sea posible proporcionar los Premios descritos en estas Bases, se entregará al Ganador respectivo un premio de similar naturaleza y un valor equivalente, a discreción del Organizador.

12. Modificación a las Bases: El Organizador podrá modificar cualquiera de los puntos enunciados en las Bases, siempre que no se altere la esencia de la Promoción ni se disminuya el programa de premios, por circunstancias imprevistas no imputables al mismo, lo cual será debidamente comunicado a los participantes a través de los canales de difusión de la Promoción. El mismo hecho de participar implica el conocimiento y la aceptación plena de las Bases y sus aclaraciones o modificaciones. Las decisiones del Organizador sobre todo y cada uno de los aspectos de la Promoción incluyendo decisiones por cualquier cuestión no prevista en las Bases serán definitivas e irrecurribles. El Organizador se reserva el derecho de poner término o modificar la Promoción en caso de existir fraudes, dificultades técnicas o cualquier otro factor fuera de control del Organizador que pudiera comprometer la integridad de la Promoción, notificando dicho término en la página.

13. Disponibilidad de las Bases: Las Bases estarán disponibles en www.sonriecontotal12.cl . Para mayor información, los Participantes podrán consultar dicho sitio web, el cual estará disponible durante todo el Plazo de Vigencia.

16. Jurisdicción y ley aplicable: Las presentes Bases y la Promoción se regirán por las leyes de Chile y cualquier controversia sobre su interpretación o ejecución se someterá a los Tribunales competentes de la ciudad de Santiago, con renuncia a cualquier fuero o jurisdicción.